Las empresas afrontan estos primeros compases del nuevo año con un ojo puesto en los balances de fin de ejercicio y el otro en los cambios normativos que afectarán a su actividad desde este 2025. Ya se atisban esas modificaciones fiscales que, entre otras cuestiones, obligarán a utilizar un software certificado para la facturación y la contabilidad como parte de una ley antifraude, o a hacer uso exclusivamente de la facturación electrónica a todas aquellas corporaciones con unos ingresos superiores a los ocho millones de euros.
A lo largo de los próximos meses también debería entrar en vigor la ley de control horario que obliga a registrar la jornada laboral de todos los empleados de forma digital, así como la pretendida reducción de la jornada laboral a 37,5 horas semanales de la que ha hecho bandera el Ministerio de Trabajo y Economía Social. No olvidemos, por supuesto, la ley de paridad publicada en el BOE el pasado mes de agosto, que deberá aplicarse a las compañías del Ibex antes del 30 de junio de 2025 y en 2026 al resto de empresas cotizadas.
Y entrando en el ámbito más concreto de la movilidad corporativa, la ley de movilidad sostenible con la instauración de planes de transporte sostenible a los centros de trabajo en las empresas de más de 500 trabajadores, así como la Ley de Información Empresarial sobre Sostenibilidad para la divulgación de la contribución de las empresas en cuestiones medioambientales, sociales y de gobernanza, que prosigue a paso firme.
El recorrido de esta última ha avanzado hasta la aprobación del proyecto de ley en el Consejo de Ministros celebrado el pasado 29 de octubre. Por lo tanto, podríamos leerla en el BOE convertida ya oficialmente en ley en el transcurso del primer cuatrimestre de este nuevo año. Se trata de la trasposición a la legislación española de la conocida como CSRD, esto es, la Directiva de la Unión Europea sobre Informes de Sostenibilidad Corporativa (Directiva 2022/2464 de 14 de diciembre de 2022 sobre información corporativa en materia de sostenibilidad), que a su vez modifica los requisitos de la Directiva 2014/95 de 22 de octubre de 2014 sobre información no financiera y diversidad, conocida como NFRD por sus siglas en inglés, y que fue traspuesta al ordenamiento jurídico español como la Ley 11/2018 de Información No Financiera y Diversidad.
Tal y como explican los expertos de TÜV SÜD, compañía alemana especializada en servicios de pruebas, certificación, auditoría y asesoramiento, la CSRD se enmarca en el objetivo de promover la transparencia a largo plazo recogido en el Plan de Acción de Finanzas Sostenibles de la UE.
![]()
La finalidad de la directiva es introducir normas vinculantes a nivel europeo que favorezcan el incremento de la responsabilidad de las empresas en cuestiones de desarrollo sostenible (ESG), con la pretensión también de igualar la relevancia y la fiabilidad del reporte de este tipo de información, presentada según unos estándares comunes, con la financiera. En definitiva, que las corporaciones sean más ecológicas, sostenibles y justas socialmente, demostrándolo con informes de sostenibilidad que hagan referencia a aspectos medioambientales, sociales, de gobernanza o relativos a los derechos humanos, tanto en relación a sus prácticas internas como en la forma en que éstas afectan a la sociedad y al medioambiente en toda su cadena de valor.
Implementación escalonada
El Proyecto de Ley de Información Empresarial sobre Sostenibilidad contempla una entrada en vigor escalonada, en cuatro fases, para facilitar la adaptación a la nueva normativa europea. Así pues, las primeras que tendrán la obligación de presentar esta información ante la Administración, desde este 1 de enero sobre los datos del ejercicio 2024, serán aquellas grandes empresas de más de 500 trabajadores cuyos activos superen los 25 millones de euros y tengan un volumen de negocio por encima de los 50 millones. A éstas les seguirán a partir de 2025 el resto de grandes empresas con más de 250 empleados de media durante el año fiscal.
En 2026 serán las pymes cotizadas, con la excepción de las microempresas, y las grandes aseguradoras cautivas las que comiencen también a reportar sus informes. Y su implementación se verá culminada en 2028 con la inclusión de las filiales y las sucursales españolas de empresas extranjeras con una cifra de negocio en la UE superior a los 150 millones de euros.
Se han tenido en consideración las mayores dificultades que pueden encontrar las pequeñas y medianas empresas cotizadas en relación a las grandes en la aplicación de la ley, por lo que, además de un periodo de tiempo adicional, se les conceden otras facilidades como un contenido más reducido de la información obligatoria y unas normas europeas específicas con las que presentar dicha información.
Aunque las fases son similares al planteamiento inicial en la aplicación de la directiva europea, en el proyecto de ley aprobado a finales de octubre se plasma una actualización de los criterios de tamaño de las empresas recogida en un anteproyecto de ley que traspone una directiva ligada a la de información corporativa sobre sostenibilidad. Trabajo entiende que esta medida tendrá «una incidencia económica positiva».
El incremento del 25% de estos umbrales, que atiende a una actualización, según el ministerio, de los importes correspondientes a la inflación de los últimos años, «reducirá el ámbito de aplicación de los requisitos de presentación de los estados financieros —y ahora también de los de sostenibilidad—, lo que supondrá la simplificación de obligaciones contables para las empresas». En resumen, y aplicado a este caso, empresas catalogadas actualmente como grandes serán consideradas como medianas a los efectos de la remisión de sus informes de sostenibilidad, esquivando así su obligatoriedad.
Comunidades que toman la iniciativa
Como ya ha sucedido con otras materias, varias comunidades autónomas se han adelantado al Gobierno aprobando con anterioridad su propia regulación para las empresas y organizaciones que operen en sus límites territoriales. Y mayoritariamente, se muestran más restrictivas. Se puede decir que la que más es País Vasco —entra en vigor en 2025—, pues no se deja a nadie fuera del tablero de juego al obligar a registrar la huella de carbono a Administraciones públicas, explotaciones ganaderas, actividades agrícolas, forestales y pesqueras, instalaciones de gestión de residuos y tratamiento de agua, instalaciones industriales, establecimientos de ocio y turismo y subsectores del sector servicios.
![]()
Aunque en menor medida, también va más allá de los límites establecidos en el proyecto de ley la regulación de Islas Baleares y de Navarra, que estrechan el cerco sobre las compañías a partir de 50 empleados y las que facturan más de 10 millones de euros, así como la de la Comunidad Valenciana, que apunta igualmente a las empresas de más de medio centenar de trabajadores. Finalmente, la Junta de Andalucía se desmarca de estos criterios al poner el foco sobre el gasto energético, obligando a reportar emisiones a aquellas organizaciones que consuman más de un GWh al año.
Una década de registro de huella
El informe de sostenibilidad será presentado por las empresas en un formato eléctrico único a nivel europeo, lo que a criterio del regulador «permitirá una mayor comparabilidad de la información de las empresas» en el ámbito de la UE. Asimismo, deberá ser verificado por una entidad independiente bajo una regulación análoga a la auditoría de los estados financieros.
Para ello, el proyecto de ley modifica la Ley de Auditoría de Cuentas para que el Registro de Auditores pase ahora a denominarse Registro Oficial de Auditores de Cuentas y de Verificadores de Información sobre Sostenibilidad, y dicta que será el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC) el encargado de supervisar la verificación de esta información.
Para algunas empresas, la comunicación a la Administración de su huella de carbono no representará ninguna novedad. Y es que hace más de una década, concretamente en el mes de mayo de 2014, entraba en funcionamiento el Registro de huella de carbono, compensación y proyectos de absorción, la plataforma gestionada por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico que permite recoger los esfuerzos de las organizaciones españolas en el cálculo y reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero que genera su actividad, facilitando a su vez la posibilidad de compensar toda o parte de su huella de carbono mediante una serie de proyectos forestales ubicados en territorio nacional. Según el último informe anual del registro, hasta el 31 de diciembre de 2022 se habían recibido 8.406 solicitudes de inscripción en la sección A (huella de carbono y compromisos de reducción), 580 en la sección B (proyectos de absorción de dióxido de carbono) y 453 en la sección C (compensación de huella de carbono).
Es importante aclarar que todo registro de huella de carbono debe de venir obligatoriamente acompañado de un plan de reducción. Pero no hay multas ni penalizaciones si no se alcanzan los objetivos comunicados. «En tal caso, a la empresa le puede tocar comprar créditos de carbono», explica Vicente Cano, CEO y cofundador de Forest Bank, startup especializada en los proyectos de compensación de huella de carbono para las empresas. El registro entra en lo que se denomina autodeclaración, «de modo que el ministerio se limita a comprobar que los cálculos están bien hechos, pero sobre los datos que aporta la propia empresa», añade.
Esto valdría para el requisito mínimo de inscribir las emisiones de efecto invernadero de Alcance 1 — emisiones directas, en las que se incluye el consumo de combustible de los vehículos— y de Alcance 2 —emisiones indirectas debidas al consumo de electricidad—. El registro también anima a inscribir las del Alcance 3 —otras emisiones indirectas—, «pero aquí la cosa se pone seria porque el ministerio ya exige la contratación de una certificadora que verifique que los cálculos de la empresa son correctos», dice el CEO de Forest Bank.
Una obligación, pero con contraprestaciones
Las empresas que hayan accedido a comunicar sus emisiones y sus planes de reducción a través de este registro pueden obtener su recompensa en forma de un sello que reconoce su esfuerzo por la sostenibilidad. Dicho sello se articula, digamos, en tres fases, Yo Calculo, Yo Reduzco y Yo Compenso, según la progresión alcanzada en este sentido.
Y no se trata de un mero reconocimiento simbólico, pues tal y como advierte Cano «se está pidiendo en las licitaciones públicas». También puede ser de gran valor, añade, a la hora de obtener una bonificación en los préstamos o para captar en una ronda de financiación a un fondo de inversión, habituados a trabajar con empresas verdes. Sin olvidar que puede ser un requisito indispensable por parte de clientes o proveedores ya que seremos parte de las emisiones que ellos mismos calculan.
![]()
Aunque pase a convertirse en un nuevo trámite de obligado cumplimiento, el Ejecutivo español parte de la base de que este proyecto de ley supone un avance en términos de transparencia empresarial y responsabilidad social de las empresas. La propia directiva europea va más allá al señalar que van a salir beneficiadas de la presentación de información de alta calidad sobre cuestiones de sostenibilidad.
En este sentido, argumenta en su redacción que el aumento del número de productos de inversión que aspiran a alcanzar objetivos de sostenibilidad significa que una buena información sobre sostenibilidad puede mejorar el acceso de las empresas al capital financiero. También que la presentación de información sobre sostenibilidad puede ayudar a las corporaciones a determinar y gestionar sus propios riesgos y oportunidades relacionados con la sostenibilidad. Puede servir, asimismo, de base para un mejor diálogo y comunicación entre las empresas y sus partes interesadas. Ayudaría a las empresas a mejorar su reputación. Y apunta adicionalmente que una base coherente para la información sobre sostenibilidad en forma de normas de presentación de información sobre sostenibilidad conllevaría que se suministrara información pertinente y suficiente para reducir, así, de forma significativa las solicitudes de información ad hoc.
El mayor potencial, en la flota
La flota de vehículos debe recabar la atención prioritaria de las corporaciones que comiencen a diseñar sus estrategias de reducción de emisiones. Porque a juicio de los expertos se trata del capítulo de mayor potencial de mejora, y no solo en el caso de grandes flotas. «Incluso en empresas que tengan apenas tres o cuatro coches, estos pueden suponer cerca del 90% de la huella total de la compañía», manifiesta Vicente Cano, que recuerda que siempre que se reposten los vehículos con dinero de la empresa es huella de carbono de la empresa.
Por esta razón, extraña que muchas aún no le hayan prestado la atención debida. Según revela el segundo Estudio de Monitorización de Emisiones de Flotas en Europa presentado el pasado mes de mayo por Alphabet, la operadora de renting y movilidad del Grupo BMW, un 26% de las empresas españolas todavía desconocen las emisiones de CO2 de su flota, a lo que se une que un número más que significativo de gestores, nada menos que un 70% según sus datos, subestima los requisitos derivados de las obligaciones de la directiva europea CSRD.
Estos registros chocan con las pretensiones de las propias corporaciones, pues este mismo estudio muestra que un 43% de las empresas de nuestro país considera que la sostenibilidad desempeña un papel destacado en relación con la gestión de flotas, y hasta un 54% aspira a electrificarlas por completo en el futuro.
Al hilo de este informe, Alphabet abogaba por la adopción de herramientas especializadas y plataformas digitales que permitan medir las emisiones de CO2 de los vehículos corporativos en base a la información obtenida del análisis de datos reales, lo que además de ayudar a cumplimentar los informes de sostenibilidad, también contribuirá a decidirse por la mejor combinación de sistemas de propulsión en la flota.
En este sentido, y ante las dificultades que todavía plantea una electrificación completa, Cano reivindica entre las empresas a las que asesora el potencial del GLP —«ahorras un buen dinero en tus cuentas y vas a reducir la huella de carbono en un 43%», asegura—, apuntando también a otras medidas como el uso de los combustibles renovables o los cursos de conducción eficientes, que pueden ser bonificables, para las empresas que cuenten con un elevado número de transportistas.
En definitiva, la reducción de emisiones implica ahorro de costes, mejora de la imagen corporativa, abre puertas a las subvenciones y concursos públicos… a cambio de una inversión más que asumible. Tal y como nos apuntan desde Forest Bank, hablaríamos de un margen de entre 1.200 y 1.500 euros en caso de que la empresa decida recurrir a entidades externas como esta startup para la realización de los trabajos de medición y registro.